Sucedió en Pozuelo de Alarcón, el juez ha otorgado al padre de una menor el derecho de elegir el centro escolar al que debe acudir su hija, a pesar de que se le atribuyó provisionalmente la guarda y custodia de la menor a su madre y exmujer del protagonista.
La sentencia otorga esta facultad al padre ya que, entiende, que la propuesta del mismo reúne todos los requisitos que ambos progenitores buscan en el centro escolar que quieren para su hija. Ambos interpusieron las respectivas demandas de jurisdicción voluntaria en las que cada uno de ellos solicitaba que le fuera atribuida la patria potestad para tener el derecho de decisión sobre el colegio al que debía acudir la menor en el inicio del próximo curso escolar en el mes de septiembre.
Tras las correspondientes alegaciones acompañadas de los documentos que ambas partes quisieron presentar, los autos fueron remitidos al Ministerio Fiscal, que emitió un informe que dictaba que se atribuyera la facultad de elección al padre, tras ello, quedaron las actuaciones pendientes de dictar la presente resolución.
Tras la audiencia, la juzgadora ha desestimado la petición de la madre y compartido las consideraciones que el Ministerio Fiscal emitió en su informe. De esta forma, se le ha concedido al padre el derecho de elegir el centro escolar al que debe acudir su hija pese a no tener la guarda y custodia de la misma.