Se ha estimado la demanda del dueño de una vivienda que tuvo que pagar las facturas de luz de su inquilino el cual había cultivado una plantación de marihuana.
Tras una intervención de la Guardia Civil en la vivienda, se constató que existía una doble acometida del sistema eléctrico que se utilizaba para la plantación. Levantada acta de inspección, la entidad demandante emitió nuevas facturas a cargo del demandado como titular del contrato correspondiente.
La Audiencia ha explicado que "el suministro de energía se realizó de forma ajena al contador por lo que el propietario de la vivienda y responsable del equipo de medida y control es ajeno al suministro ilegal no controlado que ha dado lugar a la incoación de diligencias penales por la presunta comisión de un delito por el inquilino".
En definitiva, dado que el suministro de energía se realizó de forma ajena al contador, el propietario de la vivienda es ajeno al suministro ilegal no controlado que ha dado lugar a la incoación de diligencias penales por la presunta comisión de un delito por el inquilino, debiendo quedar exento del abono del consumo eléctrico reclamado.